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Comunidad Andina de Naciones (CAN)

Después de tres rondas de negociación, un proceso bastante ágil de casi dos meses, el 27 de octubre

Respecto a la CAN , Fedepalma continuó gestionando el levantamiento de las restricciones comerciales que mantienen prácticamente cerrados los mercados para el aceite de palma y sus productos en la región desde hace cuatro años. Con Perú, se gestionó el levantamiento de las medidas restrictivas en dicho país establecidas desde el año 2003 a las mantecas colombianas. La evolución de esta disputa es comentada en la sección correspondiente al FEP.

De otra parte, se llevaron a cabo reuniones con el sector privado de la cadena oleaginosa en Venezuela, para explicar que el funcionamiento de los mecanismos de estabilización de precios del aceite de palma en Colombia no constituye una amenaza para los palmicultores ni para la industria venezolana de aceites y grasas. También se apoyaron todos los esfuerzos del Gobierno Nacional para restablecer los flujos comerciales de esta cadena productiva con Venezuela, pero infortunadamente no se logró y, por el contrario, dicho país ha venido incrementando sus importaciones de aceites y grasas desde el Mercosur. En 2005, únicamente se logró que la Secretaría General de la CAN emitiera un dictamen, mediante el cual declarara que las restricciones que imponía Venezuela a los aceites y grasas de Colombia incumplían la normativa y ordenó su levantamiento, pese a lo cual el Gobierno de Venezuela apeló esta determinación.

Por otro lado, Ecuador desmontó la aplicación de licencias previas para las importaciones andinas de aceites y grasas, como consecuencia de los pronunciamientos oficiales de la Secretaria de la CAN y del Tribunal Andino de Justicia. Sin embargo, una vez eliminado el requisito de licencia previa, el vecino país decidió imponer unos contingentes y una salvaguardia para los aceites refinados, consistente en un arancel equivalente al de terceros países. Pese a lo anterior, esta medida fue derogada a instancias de la Secretaría General de la CAN.

En síntesis, poco se ha avanzado en el restablecimiento de los flujos comerciales de semillas oleaginosas, aceites y grasas de Colombia hacia Venezuela, que es un país altamente deficitario en aceites y grasas, y al interior de los demás países miembros de la CAN.

A mediados de abril del 2006, Venezuela radicó su petición formal para retirarse de la Comunidad Andina de Naciones. En la actualidad la Secretaría General de la CAN ha sostenido reuniones con este país para hacer cumplir el Artículo 135 del Acuerdo de Cartagena, donde se estipula la obligatoriedad de mantener los protocolos comerciales por un término de 5 años para aquel país que se retire del acuerdo multilateral y así se garanticen las condiciones de libre comercio para los demás países andinos suscriptores del tratado.

 

 

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