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Cosme Rubiel Saavedra Arias, Director Ejecutivo de la Corporación
Lexcom de Colombia, explicó en forma concreta en qué
consisten estas cooperativas de trabajo asociado de acuerdo
con la Ley 79 de 1988 y el Decreto 468 de 1990 que reza: Las
Cooperativas de trabajo asociado son empresas asociativas
sin ánimo de lucro que vinculan el trabajo personal
de sus asociados y sus aportes económicos para la producción
de bienes, ejecución de obras o la prestación
de servicios en forma autogestionaria. El conferencista hizo
énfasis en la importancia del buen manejo gerencial
y administrativo que tienen las cooperativas de trabajo asociado
y la responsabilidad legal donde la gestión debe ser
autónoma, cumpliendo con las leyes que las rigen, así
lograrán que las empresas contratantes no corran el
riesgo de asumir responsabilidades en forma solidaria.
Esta modalidad de trabajo asociado que se viene dando, es
una forma de contribuir con la generación de empleo,
además porque motiva a los trabajadores a sentirse
parte de integral de su trabajo. Para que esto se logre, las
empresas contratantes deben ser vigilantes rigurosas porque
el acuerdo cooperativo funciona siempre y cuando se configure
como tal.
Con esta se cumplió la tertulia número 60,
corroborando así el éxito de estas reuniones
de donde siempre salen buenas ideas.
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